Sociedad

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"Acompañando a nuestros clubes", un proyecto presentado por el Bloque de Concejales de UxP que espera ser tratado en comisión

Fue ingresado el 28 de junio y busca proporcionar apoyo económico a los Clubes con participación y desarrollo social

12 de noviembre de 2024

Un proyecto de ordenanza presentado por el Bloque Unión por la Patria, está a la espera de ser tratado en comisión en el concejo deliberante de General Alvear.

Este proyecto, presentado en junio de este año, se titula "Acompañando a nuestros clubes" y tiene como objetivo proporcionar apoyo económico a los clubes, los cuales sean considerados centros de participación y desarrollo social, así como fuentes de recursos para el deporte que representa a la comunidad a nivel local y regional. Además, se reconocen como espacios adecuados para fomentar la inclusión de las personas en actividades físicas deportivas masivas y populares. El proyecto, según pudo conocer Alvearya, fue modificado tras reunión mantenida entre Concejales y representantes de las instituciones deportivas.

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

El rol social, cultural y especialmente deportivo de las asociaciones sin fines de lucro denominadas clubes.

CONSIDERANDO:

Que es imprescindible contar con un marco normativo que tenga por fin el fomento y protección de los clubes como instituciones de la sociedad civil que comparten junto al estado los fines de bien común, esto es la actividad deportiva como una práctica que implica educación, salud, esparcimiento y a su vez la contención de jóvenes, adultos y la promoción de la participación social de los vecinos de su comunidad, fortaleciendo así la vida en democracia.

Que es por ello, por lo que le corresponde al estado, en el ámbito local, actuar para preservar estas instituciones de tanta relevancia e incidencia social.

Que los clubes son células que actúan como personas jurídicas legalmente constituidas, componen un vasto entrañado para servicio, integración, y contención de la sociedad con especial atención puesta en la niñez, la adolescencia, la juventud y la familia.

Que no contemplan el lucro de las personas, dado que todo ingreso monetario o de bienes, percibidos dentro de lo normado por sus estatutos, es destinado al desarrollo de sus actividades o mejoras edilicias para expansión de estas, para mantenimiento, compra de material lúdico, deportivo o cultural.

Que sus integrantes ponen en los mismos el mayor énfasis para asegurar la sustentabilidad de estas instituciones, de manera que todos los componentes, a través del tiempo, puedan disfrutar con equidad e igualdad de los mismos derechos y deberes, desechando toda forma de discriminación.

Que son conducidas y administradas por comisiones directivas surgidas en procesos democráticos entre sus asociados, con ajuste a las normas que las rigen, mereciendo por ello la especial atención por parte del Estado Municipal.

Que mayoritariamente son instituciones que registran antigüedades que superan los 90 años de actividad ininterrumpida, gracias a la inclaudicable voluntad de servicio de grupos dirigenciales dispuestos a darle continuidad, pregonando el concepto de integración entre los componentes de la comunidad que forman.

Que es justo entonces que el estado municipal acepte que es de su responsabilidad respaldarlas, para asegurar su existencia.

Que en consecuencia la normativa a dictar deberá establecer objetivos específicos que aseguren la presencia.

Que el valioso e importante rol que desempeñan los clubes dentro de nuestra comunidad es sostenido por los aportes de las cuotas societarias de sus integrantes, único recurso con el que cuentan estas entidades para resolver sus actividades.
Que con la presente normativa se intenta dotar de un marco legal, que se ocupe de las numerosas problemáticas que sin dudas deberán ser abordadas específicamente por las áreas correspondientes del departamento ejecutivo.


Por ello, las y los concejales, de este Honorable Concejo Deliberante de General Alvear en uso de sus facultades sanciona la siguiente:

ORDENANZA
Artículo 1º: Créase dentro del ámbito del partido de General Alvear el Programa "Acompañando a nuestros clubes ", cuyo objeto es dar apoyo económico a los clubes, entendidos como centros de participación y desarrollo social, fuente de aprovisionamiento para el deporte de representación local y regional y canales propicios para la inclusión de las personas en prácticas masivas y populares de actividades físicas deportivas.
Artículo 2º: Podrán ser beneficiarios de este programa, todos los clubes con asiento en la localidad de General Alvear (Bs As).
Artículo 3º: Para acceder a este beneficio, los clubes deberán cumplir con los siguientes requisitos.
· Personería jurídica
· Acta constitutiva.
· Acta de asamblea con designación de autoridades vigentes.
· Domicilio social en el partido de General Alvear.
· Habilitación Municipal.
· Declaración jurada del presidente, con expresa indicación de la cantidad de socios que posee la entidad.
· Acreditación mediante declaración jurada, suscripta por el presidente, las actividades que se desarrollan en cada club y cantidad de personas por actividad.
· CBU de dicha institución.
Artículo 4º: El monto económico a asignar para cada club, será del 0,16 % del presupuesto municipal para cada año, siempre y cuando se cumpla con los requisitos del art 3º.
Artículo 5º: El desembolso del dinero correspondiente se hará en el CBU de cada institución o mediante cheque y se realizará en 2 (dos) pagos por año:
· El primero en febrero
· El segundo en agosto

Artículo 6º: Cada club deberá presentar un proyecto con sus propósitos para cada año, al momento de la inscripción.

Artículo 7º: El presente programa podrá ser utilizado para fines de infraestructura, mobiliario, compra de elementos deportivos y/o pago de transporte.
Artículo 8º: El club que se inscriba, a este programa, pasado el primer o segundo desembolso, se le hará un solo pago en el transcurso del mismo año.
Artículo 9º: Los clubes tienen plazo hasta el 10 de diciembre de cada año para rendir al Municipio de General Alvear los gastos de dicho programa.
Artículo 10º: El Municipio de General Alvear hará la convocatoria todos los 1º de enero de cada año, para que cada club presente la documentación correspondiente y su inscripción al programa. Dicha inscripción permanecerá abierta todo el año.
Artículo 11º: La autoridad de aplicación de este programa será la Dirección General de Deporte de la Municipalidad de General Alvear (Bs As). La que tendrá a su cargo la tarea de fiscalizar que se cumpla con todos los art de la presente ordenanza y el depósito de los fondos a las cuentas que oportunamente acrediten las respectivas instituciones deportivas.
Artículo 12º: De forma.

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