Sociedad
Tras el ajuste para la luz, ahora el Enargas aprobó los nuevos cuadros tarifarios que rigen para diciembre.
4 de diciembre de 2024
Tras la suba del 2% en la luz, este miércoles el Gobierno oficializó el aumento del 3% en las tarifas de transporte y distribución de gas natural, mediante una serie de resoluciones a cargo del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
El organismo aprobó los nuevos cuadros tarifarios de las transportadoras y las distribuidoras de gas para diciembre, en el marco de la emergencia energética, extendida hasta el 9 de julio de 2025, y del periodo de revisión tarifaria, que permite adecuaciones transitorias en las boletas del servicio.
Con ese incremento, los nuevos valores mayoristas de gas que se trasladarán a la factura final en el caso de los usuarios del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) son $ 179,10 por m3 en diciembre para los usuarios de Metrogas y de $ 192,67 para los de Naturgy.
En relación al nuevo costo fijo que aparecerá en las tarifas desde este mes, los usuarios de Metrogas que pertenezcan a la categoría R1 y residan en CABA tendrán de costo fijo de $ 2.544,09 y en el Gran Buenos Aires abonará de base $ 2.938,02. Mientras que los valores más altos corresponden a la categoría R3, que oscilan entre $ 14.249,63 y $ 60.781,07 en la Ciudad de Buenos Aires y en provincia, alcanza los $ 33.030,83.
Para los usuarios de Naturgy, el cargo fijo aumenta a $ 2.070,44 para aquellos catalogados en R1. En tanto que los valores más elevados impactarán en la categoría R3, ya que el costo fijo rondará los $ 8.840,60 y $ 22.170,93.
La actualización tarifaria del gas en el último mes del año se da por pedido del ministro de Economía, Luis Caputo, que por medio de una nota enviada a la Secretaría de Energía sostuvo que "resulta razonable y prudente continuar para el mes de diciembre con el sendero de actualización de los precios y tarifas del sector energético".
Al respecto, precisó que "en materia de gas natural, las tarifas de transporte y distribución deberán ser incrementadas en un 3%; y el precio PIST deberá ser incrementado en virtud de reflejar lo dispuesto en el artículo 5º de la resolución de la Secretaría de Energía 41/24".
Asimismo, aclaró que "para el consumo base de los usuarios Residenciales Nivel 2 y Nivel 3, se aplicarán las bonificaciones establecidas por la Secretaría de Energía como Autoridad de Aplicación del Decreto Nº 465/24 al valor consignado a los usuarios Residenciales Nivel 1, como así también el límite de consumo de la categoría por sobre el cual se aplicará un precio diferenciado, si correspondiere". (DIB)
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